¿Quién puede solicitar una Green Card?
Conozca las distintas vías para obtener una green card de Estados Unidos como primer paso hacia la ciudadanía. Descubra qué opciones familiares podrían estar disponibles para usted, incluido el patrocinio de familiares inmediatos sin tiempo de espera.

El primer paso en su camino hacia la ciudadanía estadounidense es obtener una green card, y hay muchas vías para lograrlo.
En este artículo, explicaremos las vías más comunes para presentar ante el gobierno una petición de green card.
Green cards por medio de la familia
¿Es usted familiar inmediato de un ciudadano estadounidense?
Si es familiar inmediato de un ciudadano estadounidense, cumple los requisitos para obtener una green card.
No hay límite en la cantidad de green cards que pueden otorgarse a familiares inmediatos de ciudadanos estadounidenses.
Esto significa que, una vez que reciba la aprobación, no tendrá que esperar en una lista para recibir su green card.
Se le considera familiar inmediato si usted es:
- cónyuge de un ciudadano estadounidense (esto incluye a personas que enviudaron recientemente);
- soltero, menor de 21 años y tiene al menos un padre ciudadano estadounidense;
- padre o madre de un ciudadano estadounidense que tiene 21 años o más;
- hijastro, hijastra, padrastro o madrastra de un ciudadano estadounidense, pero solo si el matrimonio que creó la relación ocurrió antes de que el hijo cumpliera 18 años; o
- padre, madre o hijo relacionados por adopción, si la adopción ocurrió antes de que el hijo cumpliera 16 años.[i]
¿Es familiar de un ciudadano estadounidense o de un residente permanente legal, pero no cumple con la definición anterior de familiar inmediato?
Si no cumple con la definición de familiar inmediato, pero es familiar de un ciudadano estadounidense o de un residente permanente legal, todavía podría cumplir los requisitos para obtener una green card por medio de la familia.
A diferencia de las green cards para familiares inmediatos, la cantidad de green cards por medio de la familia es limitada.
Es posible que tenga que esperar años para obtener su green card después de que aprueben su petición.
Por ejemplo, en octubre de 2015, las personas de México dentro de la primera categoría de preferencia familiar para recibir una green card llevaban 20 años esperando desde la aprobación de su solicitud.
No deje que esto lo desanime.
Con un plan adecuado preparado por un abogado de inmigración con experiencia, quizá pueda permanecer en Estados Unidos hasta que llegue la fecha de prioridad de su green card.
Hay cuatro categorías de preferencia familiar.
Cada una influye de manera distinta en la fecha en que habrá una green card disponible.
- Si es soltero y tiene al menos un padre ciudadano estadounidense, podría cumplir los requisitos de la primera preferencia familiar. Sin embargo, si también es menor de 21 años, cumple con la definición de familiar inmediato explicada anteriormente y no necesita esperar para recibir una green card.[ii]
- Si es cónyuge de una persona que tiene una green card, o si es su hijo soltero menor de 21 años, puede solicitarla bajo la segunda preferencia familiar 2A. Si tiene más de 21 años y es hijo soltero de una persona que tiene una green card, podría cumplir los requisitos de la segunda preferencia familiar 2B.[iii]
- Si está casado y tiene al menos un padre ciudadano estadounidense, cumple los requisitos para presentar una solicitud bajo la tercera preferencia familiar.[iv]
- Si es hermano o hermana de un ciudadano estadounidense y el ciudadano tiene más de 21 años, cumple los requisitos para presentar una solicitud bajo la cuarta preferencia familiar.[v]
Green cards por empleo o inversión
¿Tiene habilidades que buscan los empleadores estadounidenses?
Si tiene habilidades que buscan los empleadores estadounidenses, podría cumplir los requisitos para obtener una green card.
Estas áreas suelen ser mucho más complejas que las peticiones por medio de la familia.
En algunos casos, puede presentar una petición por cuenta propia. En la mayoría de los casos, necesitará que un empleador estadounidense lo patrocine.
También hay una cantidad limitada de green cards disponibles cada año, por lo que quizá tenga que esperar antes de obtener la suya.
Un abogado de inmigración con experiencia puede ayudarlo a trabajar mientras espera su green card.
¿Tiene alguna habilidad extraordinaria?
Si tiene una habilidad extraordinaria en las artes, las ciencias, la educación, los negocios o los deportes, podría cumplir los requisitos para obtener una green card bajo la categoría de preferencia EB-1.[vi]
Debe tener dicha habilidad, demostrada mediante reconocimiento continuo a nivel nacional o internacional; tratar de ingresar a Estados Unidos para continuar trabajando en el área de su habilidad extraordinaria; y su entrada debe beneficiar considerablemente a Estados Unidos en el futuro.[vii]
Puede presentar una petición por cuenta propia, por lo que no necesita tener ya una oferta de trabajo en Estados Unidos.[viii]
La “habilidad extraordinaria” se demuestra presentando pruebas de tres de los siguientes diez puntos:
- Pruebas de haber recibido premios o reconocimientos menores a nivel nacional o internacional por su excelencia;
- Pruebas de que pertenece a asociaciones de su campo que exigen logros sobresalientes a sus miembros;
- Pruebas de que se ha publicado material sobre usted en publicaciones profesionales, publicaciones comerciales importantes u otros medios de comunicación importantes;
- Pruebas de que le han pedido evaluar el trabajo de otras personas, ya sea individualmente o como parte de un panel;
- Pruebas de sus aportes originales de gran importancia para el campo científico, académico, artístico, deportivo o empresarial;
- Pruebas de que ha escrito artículos académicos en publicaciones profesionales, publicaciones comerciales importantes u otros medios de comunicación importantes;
- Pruebas de que su trabajo se ha presentado en exposiciones o exhibiciones artísticas;
- Pruebas de que ha desempeñado una función principal o esencial en organizaciones distinguidas;
- Pruebas de que recibe un salario alto u otra remuneración considerablemente alta en comparación con otras personas de su campo; o
- Pruebas de sus éxitos comerciales en las artes escénicas.[ix]
¿Es un profesor o investigador sobresaliente?
Si es un profesor o investigador sobresaliente, podría cumplir los requisitos para obtener una green card bajo la categoría de preferencia EB-1.[x]
Para que se le considere un “profesor o investigador sobresaliente”, debe demostrar que cuenta con reconocimiento internacional por sus logros sobresalientes en un campo académico específico.[xi]
Debe tener al menos 3 años de experiencia en la enseñanza o la investigación dentro de esa área académica.[xii]
Debe ingresar a Estados Unidos para ocupar un puesto docente permanente, un puesto docente encaminado a la permanencia o un puesto de investigación similar en una universidad u otra institución de educación superior.[xiii]
Además, debe incluir pruebas de al menos dos de los siguientes puntos:
- Pruebas de haber recibido premios o reconocimientos importantes por logros sobresalientes;
- Pruebas de pertenecer a asociaciones que exigen que sus miembros demuestren logros sobresalientes;
- Pruebas de material publicado en publicaciones profesionales por otras personas sobre el trabajo del extranjero en el campo académico;
- Pruebas de haber participado, individualmente o como parte de un panel, en la evaluación del trabajo de otras personas del mismo campo académico o de un campo relacionado;
- Pruebas de aportes originales a la investigación científica o académica dentro del campo;
- Pruebas de haber escrito libros o artículos académicos en el campo, publicados en revistas académicas de circulación internacional.[xiv]
¿Es gerente o ejecutivo de una empresa multinacional?
Si es gerente o ejecutivo de una empresa multinacional, podría cumplir los requisitos para obtener una green card bajo la categoría de preferencia EB-1.[xv]
Para presentar una solicitud como gerente o ejecutivo de una empresa multinacional, debe haber trabajado fuera de Estados Unidos durante al menos 1 año de los 3 años anteriores a la petición para una empresa o corporación. Además, debe tratar de ingresar a Estados Unidos para continuar prestando servicios a esa empresa u organización.[xvi]
Su empleo fuera de Estados Unidos debe haber sido como gerente o ejecutivo, y con el mismo empleador, una empresa afiliada o una subsidiaria del empleador.[xvii]
¿Es un profesional con un título avanzado o una habilidad excepcional?
Si es un profesional con un título avanzado o una habilidad excepcional, podría cumplir los requisitos para obtener una green card bajo la categoría de preferencia EB-2.[xviii]
También puede presentar una solicitud EB-2 mediante el Perdón por Interés Nacional.[xix]
“Habilidad excepcional” significa un nivel de experiencia considerablemente superior al que se encuentra normalmente en las ciencias, las artes o los negocios.[xx]
Puede demostrarla mediante tres de los siguientes puntos:
- Un expediente académico oficial que muestre que tiene un título, diploma, certificado o reconocimiento similar de una universidad, escuela u otra institución educativa relacionado con su área de habilidad excepcional
- Cartas que documenten al menos 10 años de experiencia laboral a tiempo completo en su ocupación
- Una licencia o certificación para ejercer su profesión u ocupación
- Pruebas de que ha recibido un salario u otra remuneración por servicios que demuestra su habilidad excepcional
- Pertenencia a una o más asociaciones profesionales
- Reconocimiento de sus logros y aportes importantes a su industria o campo por parte de colegas, entidades gubernamentales u organizaciones profesionales o empresariales
- También se aceptan otras pruebas similares de que cumple los requisitos.[xxi]El Perdón por Interés Nacional está disponible para las personas que cumplen con los criterios anteriores de habilidad excepcional y cuyo empleo beneficiaría considerablemente a Estados Unidos.[xxii] Estas personas pueden presentar una petición de green card por cuenta propia y no necesitan que un empleador las patrocine.
¿Es un profesional o un trabajador calificado o no calificado?
Si es un profesional o un trabajador calificado o no calificado, podría cumplir los requisitos para obtener una green card bajo la categoría de preferencia EB-3.[xxiii]
- Un trabajador calificado es una persona que puede demostrar al menos 2 años de experiencia laboral o capacitación y que realiza un trabajo para el cual no hay trabajadores calificados disponibles en Estados Unidos, según lo demuestra una certificación laboral.[xxiv]
- Un trabajador profesional es una persona que puede demostrar que tiene un título universitario de licenciatura de Estados Unidos o un título extranjero equivalente, y que ese título es el requisito habitual para comenzar a ejercer la ocupación. El profesional debe realizar un trabajo para el cual no hay trabajadores calificados disponibles en Estados Unidos, según lo demuestra una certificación laboral.[xxv]
- Un trabajador no calificado es una persona que puede demostrar que puede realizar trabajo no calificado, es decir, trabajo que requiere menos de 2 años de capacitación o experiencia. El trabajo no debe ser temporal ni de temporada, y no debe haber trabajadores estadounidenses calificados disponibles, según lo demuestra una certificación laboral.[xxvi]
¿Es un trabajador religioso o un inmigrante especial?
Si es un trabajador religioso o un “inmigrante especial”, podría cumplir los requisitos para obtener una green card bajo la categoría de preferencia EB-4.[xxvii]
¿Está dispuesto a invertir en una empresa estadounidense?
Si es un inversionista dispuesto a invertir $1,000,000 (USD) en una empresa estadounidense, o $500,000 (USD) en una empresa estadounidense ubicada en una zona con dificultades económicas, usted, su cónyuge y sus hijos solteros menores de 21 años podrían cumplir los requisitos de la quinta preferencia de empleo (EB-5).[xxviii]
Green cards por asilo y condición de refugiado
Si le han concedido asilo en Estados Unidos, puede solicitar una green card un año después de recibir el asilo.
Si es refugiado o un familiar que cumple los requisitos de una persona asilada, puede solicitar una green card un año después de ingresar a Estados Unidos.
Otras formas de obtener una Green Card
Hay otras vías que pueden llevar a obtener una green card. Entre las más comunes están:
- Cónyuges e hijos maltratados bajo VAWA.
- Víctimas de delitos en Estados Unidos con estatus de visa U.
- Víctimas de trata de personas con estatus de visa T.
- Menores con Estatus Especial de Inmigrante Juvenil (SIJS).
- Personas viudas de ciudadanos estadounidenses.
- Para conocer más posibilidades, haga clic aquí.
Lotería de diversidad
¿Se siente con suerte? Si ninguna de las categorías anteriores corresponde a su situación, todavía podría obtener una visa mediante el Programa de Visas de Diversidad para Inmigrantes.
Para obtener más información y consultar la lista de países que cumplen los requisitos, visite el sitio web del Departamento de Estado de Estados Unidos.
Las instrucciones para la lotería de 2016 están disponibles gratis en línea, y la lista de países que cumplen los requisitos para la lotería de 2016 se encuentra en la página 16.
Conclusión
Probablemente existen más vías hacia la residencia permanente de las que usted pensaba.
Como puede ver, cada vía tiene sus propios detalles.
Aunque todavía no cumpla los requisitos para obtener una green card, consultar con un abogado de inmigración con experiencia puede ayudarlo a planificar un proceso sin contratiempos.
Fuentes
[i]Véase 8 U.S.C. § 1151(b)(2)(A)(i).
[ii]Véase 8 U.S.C. § 1153(a)(1).
[iii]Véase 8 U.S.C. § 1153(a)(2).
[iv]Véase 8 U.S.C. § 1153(a)(3).
[v]Véase 8 U.S.C. § 1153(a)(4).
[vi]Véase 8 U.S.C. § 1153(b)(1)(A).
[vii]Véase id.
[viii]Véase 8 C.F.R. § 204.5(h)(5).
[ix] 8 C.F.R. § 204.5(h)(3)(i)-(x).
[x]Véase 8 U.S.C. § 1153(b)(1).
[xi]Véase 8 U.S.C. § 1153(b)(1)(B)(i).
[xii]Véase 8 U.S.C. § 1153(b)(1)(B)(ii).
[xiii]Véase 8 U.S.C. § 1153(b)(1)(B)(iii).
[xiv] 8 C.F.R. § 204.5(i)(3)(i)(A)-(F).
[xv]Véase 8 U.S.C. § 1153(b)(1).
[xvi]Véase 8 C.F.R. § 204.5(j)(3).
[xvii]Véase id.
[xviii]Véase 8 U.S.C. § 1153(b)(2)(A).
[xix]Véase 8 U.S.C. § 1153(b)(2)(B).
[xx] 8 C.F.R. § 204.5(k)(2).
[xxi]Véase 8 C.F.R. § 204.5(k)(3)(ii).
[xxii]Véase 8 U.S.C. § 1153(b)(2)(B)(i).
[xxiii]Véase 8 U.S.C. § 1153(b)(3)(A).
[xxiv]Véase 8 U.S.C. § 1153(b)(3)(A)(i).
[xxv]Véase 8 U.S.C. § 1153(b)(3)(A)(ii).
[xxvi]Véase 8 U.S.C. § 1153(b)(3)(A)(iii).
[xxvii]Véase 8 U.S.C. § 1153(b)(4).
[xxviii]Véase 8 U.S.C. § 1153(b)(5).
About the author

Socio director
Jacob fundó Tingen Law en Richmond en 2012. Desde entonces, ha guiado a miles de familias en casos de green cards, eliminación de condiciones y ciudadanía. Está autorizado para ejercer en Virginia y Utah. También ha enseñado el curso práctico de Derechos de los Inmigrantes en la Facultad de Derecho de la Universidad de Richmond y ejerce en inglés y español.
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