Formulario DS-260, Solicitud Electrónica de Visa de Inmigrante y Registro de Extranjero
El Formulario DS-260 es una solicitud electrónica esencial para quienes desean inmigrar a Estados Unidos y un paso importante del proceso de visa.

Si usted desea entrar a Estados Unidos e inmigrar al país, en algún momento del proceso encontrará el Formulario DS-260, Solicitud Electrónica de Visa de Inmigrante y Registro de Extranjero.
Este formulario es un paso importante del proceso. Usted debe entender cómo encaja en su caso de inmigración y cómo llenarlo y enviarlo al gobierno.
Este formulario es diferente de los demás formularios y solicitudes de inmigración que probablemente ha visto, porque se llena por completo en línea.
Por eso, conviene hablar sobre algunas consecuencias de que el formulario esté disponible en línea.
Este artículo explicará en términos generales cómo llenar el Formulario DS-260 y cómo contestar sus preguntas.
También explicaremos qué debe hacer después de enviar el Formulario DS-260 y cuáles son los próximos pasos de su proceso de inmigración.
¿Qué es el Formulario DS-260, Solicitud Electrónica de Visa de Inmigrante y Registro de Extranjero?

Si usted reúne los requisitos para una visa de inmigrante y desea obtenerla para entrar a Estados Unidos, usted y su patrocinador ciudadano estadounidense comenzarán un proceso que puede ser largo.
El objetivo final de este proceso es que usted obtenga la residencia permanente legal en Estados Unidos.
Cuando obtenga la residencia permanente, recibirá una green card. Esto significa que podrá vivir legalmente en Estados Unidos.
Hay dos métodos para solicitar y obtener una green card.
El primero se conoce como proceso consular y está disponible para inmigrantes que viven fuera de Estados Unidos en ese momento.
Para este proceso, usted debe ir a la embajada o al consulado de Estados Unidos en su país de origen, llenar los documentos y asistir allí a una entrevista.
Si aprueban su solicitud, obtendrá la residencia permanente antes de llegar a Estados Unidos.
Para usar este método, usted ya debe tener una petición de inmigrante aprobada y un número de visa disponible de inmediato.
Esto significa que, antes de considerar el proceso consular y la residencia permanente, debe confirmar que reúne los requisitos para una visa de inmigrante. Para ello, debe pertenecer a una de las categorías establecidas.
Las categorías de visa más comunes son las basadas en la familia y las basadas en el empleo.
El Formulario DS-260 es uno de los pasos del proceso consular.
El segundo método se llama ajuste de estatus y solo está disponible para inmigrantes que viven actualmente en Estados Unidos.
Si usted reúne los requisitos para el ajuste de estatus, no tiene que salir de Estados Unidos y regresar a su país de origen para pasar por el proceso consular.
¿Cuándo debo llenar el Formulario DS-260?

Una vez que determine que reúne los requisitos para una visa de inmigrante basada en la familia, el empleo u otra categoría, puede comenzar el proceso para obtener esa visa y, al final, la residencia permanente.
Esta sección explicará el proceso de petición de visa y los distintos pasos que debe completar antes de llenar y enviar su Formulario DS-260.
Paso 1: El patrocinador o peticionario presenta el I-130 y se aprueba la petición
El primer paso del proceso de solicitud de visa será pedirle a su patrocinador o peticionario en Estados Unidos que presente el Formulario I-130, Petición de Familiar Extranjero.
Este formulario está disponible en el sitio web del Servicio de Ciudadanía e Inmigración de Estados Unidos (USCIS, la agencia de inmigración).
Lo más probable es que su patrocinador sea el familiar que presenta la petición por usted.
Si solicita una visa basada en el empleo, su patrocinador será su empleador. Este deberá presentar el Formulario I-140, Petición de Trabajador Extranjero.
También puede presentar el Formulario G-1145. Es opcional, pero resulta útil porque permite que USCIS le avise por correo electrónico o mensaje de texto cuando apruebe su petición.
Paso 2: USCIS envía la petición I-130 al Centro Nacional de Visas
Si USCIS aprueba su petición del Formulario I-130, la enviará al Centro Nacional de Visas (NVC) del Departamento de Estado.
Si su petición no se aprueba al principio, USCIS le enviará una notificación de rechazo. También le explicará los motivos del rechazo y cómo puede apelarlo o corregir el problema.
Cuando el NVC reciba su petición I-130 aprobada, la conservará hasta que haya un número de visa de inmigrante disponible para usted.
El tiempo de espera depende de varios factores, incluido el retraso que tenga el NVC en ese momento.
Paso 3: El NVC se comunica con usted sobre su DS-260
Cuando el NVC tenga la petición aprobada, se comunicará con usted y le dará las instrucciones y la información necesarias para llenar su Formulario DS-260.
Para acceder al formulario en línea, necesitará varios datos que le habrán proporcionado.
Necesitará su número de caso del NVC, su número de identificación de factura del NVC y su número de identificación de beneficiario.
Cómo completar su Formulario DS-260

Después de que el NVC se comunique con usted y le indique que puede continuar, podrá acceder al Formulario DS-260, llenarlo y enviarlo.
Este formulario solo está disponible en formato electrónico y no existe una versión impresa. Por eso, primero debe asegurarse de tener una conexión confiable a internet.
Sin embargo, no tiene que completar todo el formulario de una sola vez.
Si necesita alejarse de la computadora para hacer otra cosa, puede guardar su progreso y regresar más tarde para terminarlo.
El Formulario DS-260 solo puede llenarse en inglés y con caracteres del idioma inglés. Asegúrese de que esto no sea un problema para usted o de que alguien pueda ayudarlo.
Además, tenga en cuenta que, después de enviar su Formulario DS-260, no podrá volver a editarlo ni corregir errores. Por eso, debe asegurarse de que esté correcto antes de enviarlo.
Del mismo modo, si ya presentó un DS-260, no puede presentar otro formulario para intentar corregir los errores del primero.
Elija a un agente
Antes de llenar el Formulario DS-260, debe completar un paso importante: nombrar a un agente.
Esta persona recibirá en nombre de usted todas las comunicaciones del NVC.
Para nombrar a una persona, como un abogado, llene y presente el Formulario DS -261, Elección de Agente y Dirección, disponible en línea en el Centro Consular de Solicitudes Electrónicas (CEAC).
Muchos documentos y mensajes importantes se enviarán a la dirección de su agente. Por eso, es importante que el agente tenga una dirección estable.
Por este motivo, muchas personas eligen a su abogado, un familiar o un profesional de inmigración. Usted también puede nombrarse a sí mismo como su propio agente.
Pague las tarifas
Después de presentar el Formulario DS-261 para nombrar a su agente, deberá pagar dos tarifas diferentes al NVC.
La primera es la tarifa de revisión de la declaración jurada de apoyo económico y la segunda es la tarifa de procesamiento de la visa de inmigrante. El NVC enviará la factura a usted, a su peticionario o al agente que haya nombrado.
Se recomienda pagar estas tarifas en línea con el número de su cuenta corriente y el número de ruta bancaria, que aparecen en su cheque.
El pago en línea ofrece la mayor seguridad de que los pagos se acreditarán correctamente y de que todo se mantendrá en orden.
Acceda al Formulario DS-260
Después de pagar todas las tarifas, puede comenzar a completar el Formulario DS-260.
El formulario solo está disponible en un lugar: el Centro Consular de Solicitudes Electrónicas (CEAC) del Departamento de Estado.
Para iniciar un nuevo Formulario DS-260, primero debe ir a la página de inicio de sesión del CEAC, que puede encontrar aquí.
Para iniciar sesión, el sistema le pedirá el número de caso del NVC que recibió en la carta de bienvenida del NVC.
Llene el Formulario DS-260
La mayoría de las preguntas del Formulario DS-260 son bastante claras y piden información biográfica general.
Aun así, es importante que toda la información sea correcta. Algunas preguntas pueden causar confusión, por lo que conviene aclarar exactamente qué piden.
Le pedirán la dirección de todos los lugares donde ha vivido desde que tenía 16 años.
Aquí, “vivido” significa cualquier lugar donde haya residido, no solo los lugares que considere su hogar permanente.
Por ejemplo, si dejó su hogar permanente para asistir a una universidad en otra ciudad, debe incluir la dirección de su vivienda temporal durante sus estudios.
También le preguntarán si tiene hijos.
“Hijos” incluye a los hijos biológicos, hijastros e hijos adoptivos, aunque sean mayores de 21 años.
El formulario le preguntará si tiene una dirección en Estados Unidos donde piensa vivir, cuál es esa dirección y si desea que su green card se envíe allí.
No es indispensable que tenga una dirección en Estados Unidos antes de llegar al país.
Además, aunque proporcione la dirección donde piensa vivir al llegar a Estados Unidos, puede indicar otra dirección para recibir su green card por correo.
Es posible que no reciba la green card física hasta muchos meses después y que para entonces su situación de vivienda haya cambiado.
Por eso, puede ser más conveniente elegir una dirección más permanente y estable para recibir la green card, como la de un familiar o un abogado.
Después de enviar su Formulario DS-260, deberá imprimir la página de confirmación que aparece al final.
Debe llevar esta página a su entrevista consular.
Después de llenar el Formulario DS-260

Después de llenar su Formulario DS-260 y revisar que no tenga errores —recuerde que no podrá cambiarlo después de hacer clic en enviar—, puede enviarlo para su revisión.
Esto marca el final de una etapa del proceso y el comienzo de otra.
El NVC enviará ahora su petición a la embajada o al consulado de Estados Unidos ubicado en su país.
Si también presentó los documentos financieros y los demás documentos de apoyo que exige su consulado, el consulado programará su entrevista para la visa.
No le programarán una entrevista hasta que presente el Formulario DS-260 y todos los documentos necesarios para su visa de inmigrante.
Después de enviar su Formulario DS-260, es importante que recuerde informar al NVC sobre cualquier cambio importante en sus datos, como un cambio de dirección.
Asista a su entrevista para la visa de inmigrante
Es esencial que se presente puntualmente en la oficina consular el día programado para su entrevista de visa.
Si por algún motivo no puede asistir ese día, comuníquese con la oficina consular lo antes posible e intente cambiar la fecha.
Antes de la entrevista, es posible que reciba instrucciones para que le tomen las huellas digitales.
También deberá llevar y presentar los resultados de un examen médico realizado por un médico autorizado por el consulado.
El propósito de este examen es comprobar que usted no sea inadmisible por razones médicas.
Durante la entrevista, un funcionario consular le hará varias preguntas sobre su petición de visa para evaluar si reúne los requisitos para recibir una visa y una green card.
Por ejemplo, si reúne los requisitos para la visa por estar casado con un ciudadano estadounidense, le harán preguntas directas para evaluar si su matrimonio es verdadero.
Si el funcionario consular decide aprobar su petición de green card, le entregará lo que se conoce como un paquete de visa.
No debe abrir este paquete.
Cuando llegue a un cruce fronterizo o puerto de entrada, deberá entregar su paquete de visa al funcionario fronterizo.
Allí pasará por una inspección final. Si determinan que es admisible, recibirá la residencia permanente en Estados Unidos.
Su green card debería llegar por correo unos 45 días después de su entrada.
Conclusión

Llenar el Formulario DS-260 es uno de los pasos para obtener una visa de inmigrante. El resultado final del proceso será poder vivir libre y legalmente en Estados Unidos.
Hay mucho en juego, por lo que es importante tomarse el tiempo necesario y llenar correctamente el Formulario DS-260.
About the author

Socio
Trent ejerce el derecho migratorio en Richmond desde hace más de una década. Se enfoca en peticiones familiares y casos humanitarios. Se graduó de la Facultad de Derecho de la Universidad de Richmond y ha vivido en Richmond casi toda su vida. Representa a clientes en inglés y español y escribe con frecuencia sobre green cards, asilo y cancelación de deportación.
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