¿Cómo renuevo mi green card?

Las green cards son válidas por 10 años y deben renovarse antes de vencer. Conozca paso a paso cómo presentar el Formulario I-90 para renovar su tarjeta de residente permanente con Tingen Law.

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Profesional escribiendo en documentos migratorios en un escritorio, con una oficina iluminada por el sol al fondo

Si actualmente es residente permanente en Estados Unidos, tendrá una green card.

La green card es la prueba física de su estatus de residencia permanente y demuestra que puede trabajar y vivir en Estados Unidos.

Actualmente, las green cards son válidas por 10 años. Por eso, deben renovarse al final de ese período.[i]

NOTA: Las personas con una green card condicional pueden tener residencia permanente solo por dos años, en lugar de diez.

El proceso para renovar su green card será completamente diferente.[ii]

Si su green card ya venció o vencerá dentro de los próximos seis meses, el primer paso es presentar ante USCIS, la agencia de inmigración, el Formulario I-90, Solicitud para Reemplazar la Tarjeta de Residente Permanente.[iii]

Esta solicitud es sencilla y requiere que incluya información como la siguiente:

  • Nombre
  • Número de registro de extranjero
  • Número de Seguro Social
  • Tipo de green card que obtuvo
  • Motivos para presentar este formulario
  • Cuándo recibió una visa o ajustó su estatus
  • Cuándo fue admitido
  • Lugar y fecha de nacimiento
  • Dirección actual
  • Una copia de su green card

Después de presentar esta información y pagar la tarifa de presentación, USCIS procesará la solicitud y le enviará por correo su decisión final.

Además, aunque no renueve su green card, es importante saber que su estatus de residente permanente no cambiará de ninguna manera solo por no renovar la tarjeta.

Sin embargo, le será mucho más difícil comprobar su estatus, conseguir empleo o regresar a Estados Unidos después de viajar al extranjero.

Además, la ley exige que lleve consigo una tarjeta válida. Si no renueva su green card, una tarjeta vencida no puede considerarse una prueba válida de su estatus.[iv]

Renovación desde fuera de Estados Unidos

Si actualmente está fuera de Estados Unidos, debe seguir varios pasos.

Si su tarjeta vencerá dentro de los próximos seis meses y piensa regresar a Estados Unidos dentro de un año desde la fecha en que salió, debe solicitar la renovación de su green card inmediatamente después de regresar a Estados Unidos.[v]

De nuevo, debe presentar el Formulario I-90. Puede hacerlo por internet o por correo.

Por otro lado, si su tarjeta ya venció, usted todavía está fuera de Estados Unidos y aún no ha solicitado la renovación, deberá seguir pasos diferentes.

Primero, antes de presentar el Formulario I-90 para renovar su green card, debe comunicarse con el consulado estadounidense o la oficina de USCIS más cercana, o con cualquier puerto de entrada a Estados Unidos.

Residente permanente condicional

Si usted es residente permanente condicional y su tarjeta está por vencer, no debe presentar el Formulario I-90.

En su lugar, debe presentar una petición para eliminar esas condiciones.

Es importante saber que debe presentar esa petición dentro de los 90 días anteriores al vencimiento de su tarjeta.[vi]

Además, los formularios que deberá presentar para eliminar las condiciones dependen de cómo obtuvo su estatus originalmente.

Si no intenta eliminar las condiciones de su residencia permanente antes de que venza su tarjeta, podría perder su estatus de residente permanente. [vii]

Si obtuvo su estatus condicional mediante el matrimonio, debe presentar el Formulario I-751, Petición para Eliminar las Condiciones de la Residencia.

Por otro lado, si recibió ese estatus por ser inversionista o empresario, debe usar el Formulario I-829, Petición de Empresario para Eliminar las Condiciones. [viii]

Si rechazan su solicitud

Después de presentar el Formulario I-90, podría recibir por correo una carta que le informe que rechazaron su solicitud y le explique el motivo.

Si esto ocurre, primero debe comunicarse con un abogado.

En segundo lugar, es importante saber que no puede apelar la decisión de rechazo.

La única opción disponible es presentar una moción para reabrir, también conocida como moción para reconsiderar.[ix]

Debe presentarla ante la misma oficina que procesó originalmente su solicitud.

Al presentar una moción para reabrir o reconsiderar, usted pide que la oficina de USCIS revise nuevamente su solicitud y que posiblemente reconsidere y cambie su decisión.

Cuando presente esta moción, deberá aportar varias pruebas importantes.

Primero, debe demostrar que tiene hechos nuevos que podría presentar ante la oficina de USCIS si reabren su caso.

En segundo lugar, debe demostrar que rechazaron su solicitud porque no aplicaron la ley correctamente o porque interpretaron mal la política migratoria vigente que usaron para decidir su caso.

También deberá demostrar que la decisión final fue incorrecta. Puede hacerlo con las pruebas que incluyó en su expediente cuando decidieron su caso originalmente.[x]

Fuentes

[i] INA § 246.

[ii] INA § 216.

[iii]Véase id.

[iv]Supra nota 1.

[v] 8 CFR § 103.7(b)(g).

[vi] INA § 216(c); INA § 216(d); INA § 216(a).

[vii]Véase id.

[viii]Véase id.

[ix] 8 CFR § 249.3.

[x]Véase id.

About the author

Trent Powell
Trent Powell

Socio

Trent ejerce el derecho migratorio en Richmond desde hace más de una década. Se enfoca en peticiones familiares y casos humanitarios. Se graduó de la Facultad de Derecho de la Universidad de Richmond y ha vivido en Richmond casi toda su vida. Representa a clientes en inglés y español y escribe con frecuencia sobre green cards, asilo y cancelación de deportación.

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