Servicio militar y visas de prometido: lo que debe saber
Los miembros de las Fuerzas Armadas pueden patrocinar a sus cónyuges o prometidos nacidos en el extranjero para obtener la residencia permanente en Estados Unidos mediante los Formularios I-130 o I-129F.

Es común que los miembros de las Fuerzas Armadas de Estados Unidos conozcan al amor de su vida mientras prestan servicio en el extranjero o viven en Estados Unidos.
Si usted se casó o piensa casarse con un miembro de las Fuerzas Armadas estadounidenses y quiere solicitar la residencia permanente en Estados Unidos, puede hacerlo a pesar de las dificultades que causan sus horarios exigentes y viajes.
Su cónyuge o prometido ciudadano estadounidense deberá presentar el Formulario I-130, Petición para Familiar Extranjero, o el Formulario I-129F, Petición para Prometido Extranjero.
Esto iniciará el proceso de solicitud, que por lo general incluye una entrevista.
Este proceso puede requerir una planificación especial si su pareja está en una misión militar o si sus deberes militares causan un conflicto de horario. Sin embargo, prestar servicio en las Fuerzas Armadas de Estados Unidos no debería dificultar la obtención de su visa de prometido o por matrimonio.
Medidas del gobierno para ayudar a los militares y sus familias
USCIS, la agencia de inmigración, trabaja con el Departamento de Defensa para asegurar que la comunidad militar reciba información correcta y actualizada sobre los servicios y beneficios migratorios disponibles para los miembros de las Fuerzas Armadas. Estos incluyen la naturalización acelerada o desde el extranjero.
En 2010, el secretario de Seguridad Nacional identificó varias medidas que el Departamento puede aplicar a su discreción “para ayudar a los familiares dependientes de militares a obtener un estatus migratorio permanente en Estados Unidos lo antes posible”.
Como parte de estas medidas, en 2013 USCIS publicó una política destinada a facilitar el proceso de inmigración y naturalización para los familiares de militares.
Proceso de solicitud
Para completar su solicitud y obtener la residencia legal como prometido o cónyuge de un miembro de las Fuerzas Armadas de Estados Unidos, debe consultar con un abogado de inmigración para recibir ayuda y orientación.
Este proceso es complicado. Los errores pequeños pueden cambiar mucho el resultado de su caso.
Si usted ya se encuentra legalmente en Estados Unidos y desea ajustar su estatus, tal vez deba presentar el Formulario I-485, Solicitud para Registrar la Residencia Permanente o Ajustar Estatus.
Deberá presentarlo además del Formulario I-130 o el Formulario I-129F que su ser querido tendrá que presentar como ciudadano estadounidense.
Por lo general, estos formularios necesitan la firma de su cónyuge o prometido ciudadano estadounidense. Sin embargo, es posible que esa firma no sea necesaria si incluye pruebas de su misión militar en el extranjero junto con los demás documentos requeridos en las instrucciones del formulario.
Entrevista
Por lo general, USCIS realiza una entrevista de ajuste de estatus con quienes solicitan visas por matrimonio o de prometido. El ciudadano que presentó la petición normalmente debe asistir.
Sin embargo, si esa persona se encuentra en una misión militar, es probable que USCIS pueda realizar la entrevista sin su presencia.
Debe llevar a la entrevista pruebas de la misión militar de su cónyuge en el extranjero.
Por ejemplo, puede presentar una fotocopia de las órdenes oficiales o una carta del oficial al mando de su cónyuge.
Debe llevar estas pruebas además de todos los demás documentos que pida el aviso de la entrevista.
Extranjeros que están ilegalmente en Estados Unidos
Históricamente, USCIS ha exigido que las personas que viven ilegalmente en Estados Unidos regresen a su país de origen para completar el proceso antes de recibir la residencia legal como cónyuges o prometidos.
Sin embargo, el permiso de permanencia temporal conocido como Parole in Place permite que ciertos extranjeros que solicitan admisión a Estados Unidos permanezcan en el país aunque no hayan sido admitidos legalmente.
El Departamento de Seguridad Nacional puede otorgar Parole in Place a su discreción. En 2013, USCIS anunció que permitiría que los familiares dependientes de miembros de las Fuerzas Armadas de Estados Unidos permanecieran en el país mientras se procesaban sus solicitudes de residencia permanente.
Sin embargo, este no es un cambio permanente en la ley y no podemos saber con certeza cuánto tiempo seguirá vigente esta política.
Como el Departamento decide si otorga este beneficio, es igual de importante —o incluso más importante— que consulte con un abogado si cree que Parole in Place se aplica a su caso.
Cónyuge sobreviviente
Si su cónyuge perdió la vida mientras prestaba servicio honorable y activo en las Fuerzas Armadas de Estados Unidos, usted podría cumplir los requisitos para solicitar la naturalización.
USCIS da consideración especial al procesar estas solicitudes de residencia permanente o de clasificación como familiar inmediato.
Requisitos adicionales y circunstancias especiales
Recuerde que solicitar la residencia permanente como prometido o cónyuge de un ciudadano estadounidense, incluso si este presta servicio militar, puede ser un proceso largo. Es probable que incluya reglas y requisitos de distintas fuentes que usted tal vez desconozca.
El gobierno de Estados Unidos intenta ayudar a los familiares del personal militar. Sin embargo, ajustar el proceso a los horarios y misiones militares puede ser complicado.
Existen procedimientos específicos para ayudarles a usted y a su cónyuge militar a completar la solicitud de una visa. Un abogado puede ayudarles a determinar cómo aprovechar estos procedimientos.
Debido a la complejidad de estos procesos, debe consultar con un abogado de inmigración. El abogado puede ayudarle a completar bien la solicitud y a buscar el resultado que usted y su cónyuge o prometido desean.
About the author

Socio
Trent ejerce el derecho migratorio en Richmond desde hace más de una década. Se enfoca en peticiones familiares y casos humanitarios. Se graduó de la Facultad de Derecho de la Universidad de Richmond y ha vivido en Richmond casi toda su vida. Representa a clientes en inglés y español y escribe con frecuencia sobre green cards, asilo y cancelación de deportación.
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