¿Mis hijos se hacen ciudadanos cuando me naturalizo?

Cuando usted se naturaliza como ciudadano estadounidense, sus hijos también pueden hacerse ciudadanos automáticamente. Esto depende de su edad y estatus migratorio.

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Manos de un niño sosteniendo con cuidado la tierra alrededor de una pequeña planta verde recién brotada

Muchos hijos de ciudadanos estadounidenses o residentes permanentes pueden hacerse ciudadanos automáticamente. Sin embargo, las reglas dependen de la edad y residencia de su hijo, y de cuándo se naturalizó usted.

Los hijos de residentes permanentes y ciudadanos estadounidenses reciben trato preferencial conforme a la ley de inmigración de Estados Unidos.

No todos los hijos se hacen ciudadanos estadounidenses automáticamente cuando sus padres se naturalizan. Sin embargo, hay varias vías posibles para que obtengan la ciudadanía.

Algunos hijos de ciudadanos estadounidenses naturalizados se hacen ciudadanos automáticamente. Otros pueden tardar más, muchas veces debido al sistema de cuotas por país. Sin embargo, casi todos los hijos de ciudadanos estadounidenses deberían poder naturalizarse con el tiempo.

Ciudadanía automática

Un menor de 18 años se hace ciudadano automáticamente cuando cumple todas las condiciones siguientes:

  • El menor es residente permanente;
  • Al menos uno de sus padres, ya sea biológico o adoptivo, es ciudadano estadounidense por nacimiento o naturalización; y
  • El menor vive en Estados Unidos y está bajo la custodia legal y física del padre o la madre que es ciudadano estadounidense.

Si se cumple cada uno de estos requisitos, esta es la manera más sencilla en que el hijo de un ciudadano estadounidense naturalizado puede hacerse ciudadano. [i]

Quienes tenían 18 años o más el 27 de febrero de 2001 también pueden cumplir los requisitos para obtener la ciudadanía, pero se aplican condiciones diferentes.

Un hijo nacido fuera de Estados Unidos, cuyos padres son extranjeros, obtiene la ciudadanía si sus padres cumplen al menos uno de los siguientes requisitos:

  • Ambos padres se hicieron ciudadanos estadounidenses;
  • El padre o la madre que sigue con vida se hizo ciudadano estadounidense y el otro falleció;
  • El padre o la madre que tiene la custodia legal del menor se hizo ciudadano estadounidense y los padres están legalmente separados; o
  • El menor nació fuera del matrimonio, la paternidad no se estableció mediante legitimación y su madre se hizo ciudadana estadounidense.

Para hacerse ciudadano automáticamente conforme a estos requisitos, el menor también debe cumplir las siguientes condiciones:

  • Tenía menos de 18 años cuando uno o ambos padres se hicieron ciudadanos
  • Residía en Estados Unidos, después de haber sido admitido legalmente como residente permanente, cuando uno o ambos padres se hicieron ciudadanos

Cómo obtener un Certificado de Ciudadanía

Si un menor cumple uno de los dos grupos de requisitos anteriores, se le reconoce automáticamente como ciudadano.

Como la ciudadanía es automática en estos casos, no tiene que presentar el Formulario N-600, Solicitud de Certificado de Ciudadanía.

Sin embargo, quien desee obtener un documento que compruebe su ciudadanía en estas circunstancias debe presentar la solicitud N-600 para obtener un Certificado de Ciudadanía emitido por USCIS, la agencia de inmigración.

También puede solicitar un pasaporte estadounidense por medio del Departamento de Estado. Este servirá como prueba de su ciudadanía estadounidense.

Si el solicitante tiene 18 años o más, puede presentar por cuenta propia la Solicitud de Certificado de Ciudadanía.

Si el solicitante tiene menos de 18 años, su padre o madre biológica o adoptiva, o su tutor legal, debe presentar la solicitud en su nombre.

El sitio web de USCIS ofrece instrucciones generales para presentar una Solicitud de Certificado de Ciudadanía y explica qué documentos deben incluirse con el Formulario N-600.

También debe consultar con un abogado de inmigración si usted o uno de sus familiares solicita la ciudadanía o una prueba de ciudadanía en Estados Unidos.

Una vez aprobada la solicitud, USCIS emitirá un Certificado de Ciudadanía como prueba de la ciudadanía de la persona.

Juramento de Lealtad

Cuando se aprueba la Solicitud de Certificado de Ciudadanía, USCIS toma el Juramento de Lealtad.

Sin embargo, si el solicitante es menor de 14 años, USCIS considera que no podría comprender el significado del juramento. Por lo tanto, queda exento de este requisito.

Hijos que no cumplen los requisitos para obtener la ciudadanía automática

Si usted se hizo ciudadano estadounidense y su hijo o hija no cumple los requisitos para obtener la ciudadanía automática, aún podría cumplir los requisitos para obtener la residencia permanente y, con el tiempo, la ciudadanía.

Los hijos de ciudadanos estadounidenses, tanto solteros como casados o de 21 años o más, pueden solicitar la residencia permanente.

El padre o la madre que sea ciudadano debe presentar el Formulario I-130, Petición de Familiar Extranjero, para iniciar este proceso.

Si su hijo tiene menos de 21 años y es soltero, además de la Petición de Familiar Extranjero, usted puede presentar en su nombre el Formulario I-485, Solicitud para Registrar la Residencia Permanente o Ajustar el Estatus.

Como familiar inmediato, su hijo podrá obtener la residencia permanente. [ii]

Si su hijo está casado o tiene 21 años o más, también podría cumplir los requisitos para obtener la residencia permanente. Sin embargo, estará sujeto al período de espera establecido por el sistema de cuotas de inmigración.

En este caso, usted puede presentar una petición para que obtenga la residencia permanente. También puede consultar el Boletín de Visas para saber cuándo estará vigente su fecha de prioridad y podrá hacerse residente permanente. [iii]

Una persona puede solicitar la ciudadanía después de haber sido residente permanente durante al menos cinco años.

En ese momento, el residente permanente puede solicitar la naturalización mediante el Formulario N-400, Solicitud de Naturalización, siempre que:

  • Tenga 18 años o más al presentar la solicitud,
  • Haya vivido durante al menos tres meses antes de presentar la solicitud en el estado o distrito que tiene jurisdicción sobre su lugar de residencia,
  • Haya estado presente en Estados Unidos durante al menos 30 meses de los últimos cinco años,
  • Sepa leer, escribir y hablar inglés, y conozca y comprenda la historia y el gobierno de Estados Unidos,
  • Sea una persona de buen carácter moral, respete los principios de la Constitución de Estados Unidos y apoye el orden y el bienestar del país durante todos los períodos pertinentes conforme a la ley. [iv]

Resumen

Muchos hijos se hacen ciudadanos estadounidenses automáticamente cuando sus padres se hacen ciudadanos, siempre que cumplan los requisitos explicados anteriormente.

Los hijos que no obtienen la ciudadanía automática muchas veces pueden obtener la residencia permanente mediante lo que comúnmente se conoce como una green card. Después de cinco años, pueden solicitar la ciudadanía.

Fuentes

[i]Obtención automática de la ciudadanía después del nacimiento (INA 320), Manual de Políticas de USCIS, tomo 12, parte H: Hijos de ciudadanos estadounidenses

[ii]Cómo traer a hijos e hijas a vivir en Estados Unidos como residentes permanentes, Servicios de Ciudadanía e Inmigración de Estados Unidos

[iii]Boletín de Visas, Departamento de Estado de Estados Unidos

[iv]Camino a la ciudadanía estadounidense, Servicios de Ciudadanía e Inmigración de Estados Unidos

About the author

Trent Powell
Trent Powell

Socio

Trent ejerce el derecho migratorio en Richmond desde hace más de una década. Se enfoca en peticiones familiares y casos humanitarios. Se graduó de la Facultad de Derecho de la Universidad de Richmond y ha vivido en Richmond casi toda su vida. Representa a clientes en inglés y español y escribe con frecuencia sobre green cards, asilo y cancelación de deportación.

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