Qué hacer si ICE toca a su puerta: guía rápida para inmigrantes

Conocer sus derechos durante un encuentro con ICE es crucial para protegerse. Conozca los tres derechos principales que tiene cuando los agentes de ICE llegan a su puerta y ocho consejos prácticos para proteger sus intereses.

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Edificios de apartamentos de ladrillo rojo y blanco con escaleras de emergencia en un vecindario urbano

Vea en YouTube: Qué hacer cuando ICE llega a su puerta

Cuando ICE toca a su puerta, conocer de antemano sus derechos legales puede marcar la diferencia entre un resultado seguro y un error que cambie su vida.

Los encuentros con ICE pueden ser aterradores, sin importar su estatus migratorio.

Durante los últimos años, ha habido numerosos casos de agentes de ICE que detienen e interrogan a personas inocentes que simplemente no conocían sus derechos ni entendían lo que arriesgaban al hablar con estos agentes.

Por eso, sigue siendo muy importante que los inmigrantes conozcan sus derechos en caso de que ICE llegue a su puerta.

En este artículo, explicaremos brevemente los tres derechos principales que se aplican en esta situación.

También ofreceremos ocho consejos detallados para protegerse si encuentra a un agente de ICE al otro lado de la puerta de su casa.

Sus derechos en el hogar

Hombre con lentes escribiendo en un cuaderno mientras trabaja en un escritorio con una computadora portátil y café

Como persona que vive en Estados Unidos, usted tiene ciertos derechos bajo la Constitución de Estados Unidos.

Esto es cierto incluso si usted es un inmigrante indocumentado.

Los más importantes para esta situación son sus derechos bajo la Cuarta y la Quinta Enmienda. Estos le permiten protegerse de actos ilegales o injustos de las autoridades. También son importantes ciertas disposiciones de la Ley de Inmigración y Nacionalidad (INA).

Derecho de la Cuarta Enmienda contra registros e incautaciones ilegales

La Cuarta Enmienda de la Constitución establece lo siguiente:

"No se violará el derecho del pueblo a la seguridad de sus personas, hogares, documentos y pertenencias contra registros e incautaciones irrazonables. No se emitirán órdenes judiciales sin causa probable, respaldada por juramento o declaración, y sin describir específicamente el lugar que será registrado y las personas o cosas que serán incautadas."

Sin embargo, tenga en cuenta que existen dos tipos diferentes de órdenes en la ley de inmigración.

La primera es la orden "judicial" que probablemente conoce por la televisión o por sus conocimientos generales del sistema de justicia de Estados Unidos.

Esta es la orden descrita en la Cuarta Enmienda. Permite que las autoridades registren su hogar, vehículo, persona u otros bienes, siempre que un juez firme el documento.

Por otro lado, ICE puede emitir una orden de arresto dirigida a una persona específica. En concreto, se trata del "Formulario I-205, Orden de deportación/remoción".

Esta orden no autoriza al agente de ICE a registrar su hogar ni siquiera a entrar en él.

Por eso, si un agente de ICE llega a su puerta solo con el Formulario I-205 y no con una orden firmada por un juez, por lo general usted puede decirle que se vaya.

Derecho de la Quinta Enmienda a guardar silencio

La Quinta Enmienda de la Constitución protege varios derechos relacionados con los procesos penales y civiles.

El más importante aquí es su derecho a no declarar contra usted mismo. Como señala la Enmienda:

"Ninguna persona estará obligada a responder por un...delito sin una acusación o imputación formal de un gran jurado, salvo en los casos relacionados con las fuerzas terrestres o navales, o con la milicia, cuando esté en servicio activo en tiempos de guerra o peligro público."

En términos sencillos, esta enmienda le da derecho a negarse a contestar preguntas cuando las respuestas podrían incriminarlo.

Dicho de forma más simple, si un agente de ICE le pregunta directamente si usted es un inmigrante indocumentado, o le hace cualquier otra pregunta, puede negarse a responder.

Aunque conviene cooperar con respeto y dar su nombre, usted nunca tiene que decirle al agente (y no debe hacerlo ) nada sobre su estatus migratorio, su país de origen ni ninguna otra cosa que pueda afectar su caso.

Hacerlo solo perjudicará su defensa.

De igual manera, nunca debe mentirle al agente ni tratar de engañarlo, pues esto solo le causará problemas más adelante.

Como máximo, debe repetir frases que le ayuden a ejercer sus derechos, como estas:

  • No le doy permiso para entrar en mi hogar.
  • No doy mi consentimiento para que registren mi hogar.
  • No doy mi consentimiento para que registren mi persona.
  • Quiero ejercer mi derecho a guardar silencio.
  • Quiero hablar con mi abogado.

En resumen, debe hacer valer sus derechos y después tratar de poner fin al encuentro cuanto antes.

A diferencia de los otros derechos mencionados, su derecho a un abogado no está garantizado por una enmienda constitucional.

Este derecho se establece en la Ley de Inmigración y Nacionalidad (INA):

"En todo proceso de deportación ante un juez de inmigración y en todo proceso de apelación ante el fiscal general relacionado con dicho proceso, la persona tendrá el privilegio de ser representada (sin costo para el Gobierno) por un abogado autorizado para ejercer en esos procesos y elegido por ella."

Para explicar esta ley de forma más sencilla, usted tiene derecho a contratar a un abogado de inmigración para que lo represente en cualquier proceso de deportación ante un juez de inmigración.

Sin embargo, tenga en cuenta que este abogado debe ser "sin costo para el Gobierno" y que este derecho específicamente no está cubierto por la Sexta Enmienda.

Esto significa que usted debe contratar a su propio abogado o corre el riesgo de no tener representación.

Este es un problema constante en las cortes de inmigración. Personas con pocos o ningún conocimiento legal se ven obligadas a defenderse por sí solas frente a los abogados del Gobierno.

Aunque este problema del sistema merece una discusión aparte, lo importante es recordar que usted puede (y debe) contratar a un abogado para que lo represente en la corte de inmigración.

Guía rápida: qué hacer en ese momento

Mujer sonriente con camisa a rayas revisando documentos mientras habla por teléfono en un escritorio con una computadora portátil

Hablar de los derechos constitucionales es una cosa, pero ejercerlos en ese momento es algo muy distinto.

Por eso, conviene tener un plan sobre lo que usted y su familia deben hacer si ICE llega a tocar su puerta.

Por ejemplo, sus hijos deben memorizar los números de teléfono de amigos o seres queridos de confianza.

También debe hacer copias de cualquier documento importante que pueda ayudarle a demostrar su ciudadanía, como las actas de nacimiento.

Es fácil preparar un plan para un arresto inesperado. Este puede darle la tranquilidad que tanto necesita si llega a ocurrir.

Además, puede seguir varios consejos para reducir el riesgo de arresto o disminuir los efectos que un arresto tendría en su vida.

Consejo 1: Mantenga la calma

Como en cualquier encuentro con las autoridades, el primer paso y el más importante es mantener la calma.

Si mantiene la calma, podrá pensar con claridad y evitar incriminarse o enfrentar otras situaciones perjudiciales.

Por cierto, esta es una de las razones por las que es tan importante tener un plan para cuando ICE llegue a su puerta.

Si tiene un plan y mantiene la calma, puede reducir mucho el riesgo de arresto. Como mínimo, puede evitar empeorar la situación por decir algo incorrecto sin querer.

Consejo 2: No abra la puerta

Además de mantener la calma, conviene dejar la puerta cerrada mientras habla con los agentes.

El simple hecho de abrir la puerta no significa necesariamente que haya dado permiso a los agentes para entrar. Sin embargo, puede complicar su caso si sucede algo inesperado.

Por ejemplo, si un agente dice: "Creí que tenía permiso para entrar porque abrieron la puerta", podría ser difícil refutar esa afirmación y argumentar que un arresto en esas circunstancias fue injusto.

Por lo general, conviene hablar a través de la puerta.

Si el agente de ICE dice que tiene una orden, puede revisarla pidiéndole que la pase por debajo de la puerta.

Si siente que tiene que abrir la puerta, conviene decir claramente: "Voy a abrir la puerta solo para ver la orden, pero no doy mi consentimiento para que entre en mi hogar", o algo parecido.

Consejo 3: Ejerza su derecho a guardar silencio

Como señalamos antes, todas las personas en Estados Unidos, incluso los inmigrantes indocumentados, tienen derecho a no declarar contra sí mismas.

Dicho de otra manera, usted no tiene que hablar (y no debe hacerlo) con ningún agente de las autoridades, especialmente si pertenece a ICE.

Por lo general, debe dar su nombre, pedir los datos del agente y después guardar silencio durante el resto del encuentro.

Si lo arrestan o detienen, debe pedir de inmediato hablar con un abogado.

En ese momento, nada de lo que diga ayudará a su caso ni convencerá a los agentes de liberarlo. Por eso, guardar silencio siempre protege mejor sus intereses.

Consejo 4: Reúna información & revise sus documentos

Formulario oficial del gobierno del DHS de orden de deportación, con una marca de agua que indica que es una muestra

Puede encontrar aquí una copia completa de muestra en el sitio web de ICE: https://www.ice.gov/sites/default/files/documents/Document/2017/I-205_SAMPLE.PDF

Por lo general, conviene pedirles a los agentes de ICE sus nombres y números de placa en algún momento del encuentro.

También puede preguntarles qué hacen en su hogar y por qué están tocando su puerta.

Por último, revise cualquier documento que, según ellos, les dé derecho a arrestarlo o detenerlo.

Como señalamos antes, cuando ICE dice que tiene una "orden" para arrestarlo, por lo general no se refiere a una orden judicial común.

Se refiere al Formulario I-205, Orden de deportación/remoción.

En términos sencillos, este documento solo autoriza a ICE a detener a la persona cuyo nombre aparece en él.

No autoriza a ICE a entrar en su hogar, pues no es una orden judicial válida.

Por eso, por lo general puede negarse a abrir la puerta y pedirles a los agentes que se vayan.

Consejo 5: No se resista

Si un agente de ICE entra por la fuerza en su hogar, por ejemplo, si usted abre la puerta solo para ver la orden y el agente entra, nunca debe resistirse.

En su lugar, trate de documentar el encuentro, por ejemplo, grabándolo con su teléfono. Vuelva a hacer valer sus derechos diciendo:

  • No le doy permiso para entrar en mi hogar.
  • No doy mi consentimiento para que registren mi hogar.
  • No doy mi consentimiento para que registren mi persona.
  • Quiero ejercer mi derecho a guardar silencio.
  • Quiero hablar con mi abogado.

Recuerde que el Formulario I-205 solo permite que el agente lo arreste. No puede usarlo como justificación para entrar en su hogar ni registrar sus pertenencias.

Hacerlo viola sus derechos. Sin duda, debe informárselo a su abogado cuanto antes.

Consejo 6: No dé información de más

Esto puede parecer contradictorio, pero se recomienda firmemente que no hable con los agentes de ICE sobre su nacionalidad, país de origen o estatus migratorio.

Diga su nombre, pida los datos del agente y repita las frases indicadas anteriormente.

Al darles información adicional a los agentes de ICE, usted básicamente les está dando más motivos para arrestarlo.

Recuerde que llegaron a su hogar porque afirman tener una sospecha razonable de que usted, u otra persona que vive allí, es un inmigrante indocumentado.

Nada de lo que diga o haga en ese momento los convencerá de lo contrario. Por eso, conviene guardar silencio sobre su nacionalidad o estatus migratorio.

Consejo 7: Comuníquese de inmediato con un abogado si lo detienen o arrestan

Si ICE lo detiene o arresta, debe comunicarse de inmediato con un abogado de inmigración con experiencia para hablar sobre su caso.

Recuerde que todas las personas en Estados Unidos, sin importar su nacionalidad, estatus migratorio o color de piel, tienen derecho a ser representadas en asuntos legales.

Sin embargo, tenga en cuenta que esto no significa que el Gobierno le proporcionará un abogado.

A diferencia de las cortes penales, en las cortes de inmigración no hay abogados asignados por el tribunal.

Usted debe contratar a su propio abogado.

Consejo 8: No firme nada

Como último consejo, a veces un agente de ICE le pedirá que firme un documento relacionado con su estatus migratorio o detención.

Firmar ese tipo de documento nunca protege sus intereses y puede causar su deportación, incluso si usted se encuentra legalmente en el país.

Hable siempre con un abogado antes de firmar cualquier documento.

Conclusión

Mujer escribiendo en un cuaderno en un escritorio con café y jugo mientras realiza trabajo profesional

Como persona que vive en Estados Unidos, usted siempre tiene derecho a guardar silencio, a contar con un abogado y a estar protegido contra registros e incautaciones ilegales.

Si los agentes de ICE llegan a su hogar, no abra la puerta, no dé información aparte de su nombre ni firme ningún documento.

Además, recuerde que los agentes de ICE rara vez llevan órdenes judiciales.

Si los agentes solo tienen un Formulario I-205, puede dejar la puerta cerrada y decirles que se vayan.

Solo pueden registrar su hogar o entrar en él si tienen una orden firmada por un juez.

Si tiene que abrir la puerta, deje claro que no permite la entrada de los agentes y que solo intenta leer la orden u otros documentos.

Si los agentes entran en su hogar, no se resista y haga valer su derecho a guardar silencio.

Recuerde tener siempre un plan por si ICE llega inesperadamente.

Además, todas las personas de su hogar deben conocer el plan, incluidos los niños que viven con usted.

Por último, recuerde comunicarse de inmediato con un abogado si ICE lo detiene.

Lamentablemente, la ley de inmigración es compleja y muchas veces injusta. Solo un abogado puede ayudarle debidamente a defenderse de los cargos en su contra.

Lecturas adicionales

  • ¿Puede ICE detener a ciudadanos estadounidenses?
  • Qué hacer si ICE lo detiene en público: guía rápida para inmigrantes
  • Qué hacer después de un arresto de ICE: guía rápida para inmigrantes
  • Qué hacer si ICE llega a su lugar de trabajo: guía rápida para inmigrantes

Otros recursos

About the author

Trent Powell
Trent Powell

Socio

Trent ejerce el derecho migratorio en Richmond desde hace más de una década. Se enfoca en peticiones familiares y casos humanitarios. Se graduó de la Facultad de Derecho de la Universidad de Richmond y ha vivido en Richmond casi toda su vida. Representa a clientes en inglés y español y escribe con frecuencia sobre green cards, asilo y cancelación de deportación.

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